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domingo, 15 de junio de 2014

Instrucciones de final de curso 2013-14.

Instrucciones de final de curso 2013-14.

En Castilla y León.
colegio

RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2014,

RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2014, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 9 de junio de 2014 de esta Dirección General, por la que se unifican las actuaciones de los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Castilla y león correspondientes a la finalización del curso escolar 2013-2014.

Importante: Selección de libros de texto y demás materiales curriculares.
1. Según se establece en la Resolución de 28 de febrero de 2013, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se concreta el período de vigencia de los libros de texto adoptados para el curso 2012/2013 en las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en centros sostenidos con Fondos Públicos de la Comunidad de Castilla y León, los libros detexto elegidos para el curso 2012/2013, se mantendrán hasta el curso 2015/2016 incluido, independientemente del momento en que dicha elección se hubiera producido.
2. De conformidad con lo dispuesto en la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, las modificaciones introducidas en el currículo, organización, objetivos, promoción y evaluaciones de Educación Primaria se implantarán para los cursos primero, tercero y quinto en el curso escolar 2014-2015. A estos efectos, se pondrán a disposición de los centros sostenidos con fondos públicos, a través del Portal de Educación, materiales y recursos de desarrollo curricular que permitirán complementar las novedades incorporadas en el currículo de las áreas actualmente vigente.
3. Igualmente se podrán alojar en el Portal de Educación recursos de desarrollo curricular destinados a los cursos de Educación Primaria no indicados en el punto anterior, y a los de Educación Secundaria Obligatoria.
4. Las solicitudes para sustituir de forma excepcional un libro de texto deben estar debidamente motivadas, y se han de dirigir al titular de la Dirección Provincial de Educación quien resolverá sobre las mismas. En el caso de que el objeto de la solicitud excepcional sean libros de texto de los cursos referidos en el apartado 10.2, a la solicitud motivada del director del centro público o, en su caso, del titular del centro concertado se adjuntará el informe valorativo del Consejo Escolar.
 
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Instrucciones de final de curso 2013-14.Autor: Instrucciones de final de curso 2013-14 (655.92 Kb)

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