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El sindicato de la enseñanza publica

martes, 4 de agosto de 2015

Oposiciones Castilla y León 2015: documentos a presentar.


Los que han superado la fase de concurso oposición.
Opositora

Mañana se publicarán los listados de los que han superado la fase de concurso oposición con indicación de la provincia donde deberán realizar la fase de prácticas.
A partir del día siguiente de su publicación tendrán 10 días naturales de plazo para presentar en la dirección provincial donde tienen que realizar las prácticas, los documentos que se adjuntan. Además es bueno que se lleve: datos bancarios (cartilla o fotocopia), modelo 145 para hacienda, anexo II de reconocimiento de servicios si has trabajado en otra administración y cuando te den en la administración la acreditación ir a MUFACE de la ciudad para elegir cuadro médico.
El acto público de adjudicación se realizará el 7 de agosto en la dirección provincial donde te han asignado el año de prácticas (se publicarán mañana los listados y las vacantes el portal de la dirección provincial).

Documentación genérica a presentar según la RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2015, de la Viceconsejería de Función Pública y Modernización, por la que se convocan procedimientos selectivos
El plazo para presentar los documentos será de 10 días naturales a partir del día siguiente de la publicación para que los aspirantes que hayan superado las fases de concurso y oposición por el turno libre y el de reserva de discapacidad acreditada,presenten en la dirección provincial de educación de la provincia en la que deban realizar la fase de prácticas, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los documentos siguientes:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad vigente o del NIF en el caso de no figurar la letra en aquél. Para aspirantes de nacionalidad distinta a la española se presentará fotocopia compulsada del documento de identidad de su país o del pasaporte en vigor, así como fotocopia compulsada de la tarjeta de residente, en los casos que así lo exija la normativa legal vigente.
b) Fotocopia compulsada del título exigido para el ingreso en el cuerpo o certificación académica original, y en el supuesto de que haya sido obtenido en el extranjero fotocopia compulsada del título alegado junto con la credencial que acredite su homologación o su reconocimiento conforme se indica en el apartado 2.2.6.
c) Fotocopia compulsada de la documentación que acredite la posesión de la formación pedagógica y didáctica indicada en el apartado 2.1 f), excepto para los aspirantes a ingresar en los cuerpos de profesores de música y artes escénicas y de profesores de artes plásticas y diseño, al estar exentos de este requisito en esta convocatoria. Cuando se alegue, en sustitución de los documentos señalados en el apartado 2.1.f) la docencia efectiva durante dos cursos académicos completos o en su defecto doce meses ejercidos en periodos discontinuos, se acreditará:
a) si se tratara de un centro público, mediante hoja de servicios o certificación expedida por la dirección provincial de educación u órgano competente en materia de personal docente en la que conste el cuerpo y la especialidad;
b) si se tratase de un centro privado de enseñanza reglada debidamente autorizado, mediante certificación del Director del centro, con el visto bueno de la inspección de educación, debiendo constar el nivel de enseñanza impartida y la especialidad.
d) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo IX. Quedan exceptuados de la presentación del citado documento los aspirantes de nacionalidad distinta a la española.
e) Certificación del órgano competente que acredite, respecto a quienes se presentaron por el turno de reserva de discapacidad acreditada, la condición y la compatibilidad con el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del cuerpo y especialidad por la que han sido seleccionados.
f) Escrito de solicitud de incorporación a la fase de prácticas por los aspirantes exentos de la realización de la misma por haber prestado servicios al menos durante un curso escolar como funcionarios docentes de carrera. De no realizarlo se entenderá que permanecerán en su cuerpo de origen hasta que se proceda a la aprobación del expediente del presente procedimiento selectivo y su posterior nombramiento como funcionarios de carrera.
g) Escrito de solicitud de aplazamiento de la fase de prácticas junto con la documentación justificativa.

Otra documentación. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar documentalmente ante la dirección provincial de educación a la que hayan sido adscritos las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar, en tal caso:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
b) Certificación u hoja de servicios de la dirección provincial de educación, o del ministerio u organismo del que dependan, para acreditar tal condición. En esta certificación deberán figurar de modo expreso los siguientes datos:
1) Indicación del cuerpo, área o especialidad al que pertenecen, número de registro de personal y si se encuentran en situación administrativa de servicio activo.
2) Número de años como funcionario de carrera.
3) Lugar y fecha de nacimiento.
4) Título académico que posee y fecha de expedición. Cuando la certificación u hoja de servicio se refiera a los profesores que hayan participado por el acceso señalado en el apartado 2.5, esta reflejará expresamente que cumplen todos los requisitos que se exigen para participar por ese procedimiento. Si en la certificación no puede hacerse constar alguno de los requisitos exigidos para el ingreso en el cuerpo por no obrar en los expedientes personales de los interesados, estos deberán remitir separadamente la documentación que los acrediten.

Opción de percepción de remuneraciones. Los aspirantes que habiendo superado las fases de oposición y concurso, ya estén prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera, interinos o como personal laboral, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral que de acuerdo con la normativa vigente les corresponda, deberán formular opción por la percepción de remuneraciones durante su condición de funcionarios en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Decreto 29/1989, de 9 de marzo, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, mediante instancia presentada ante la dirección provincial de educación de la provincia asignada para la realización de la fase de prácticas.
Efectos por falta de documentación o del cumplimiento de requisitos. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado 2, decaerán de todos sus derechos a ser nombrados funcionarios en prácticas y/o carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
 
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Documentos
Oposiciones Castilla y León 2015: documentos a presentar.Autor: ANPE Castilla y León. (51.6 Kb)
Modelo 145: de hacienda.Autor: ANPE Castilla y León. (294.73 Kb)
Modelo de reconocimiento de servicios prestados: anexo IIAutor: ANPE Castilla y León. (11.63 Kb)

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