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viernes, 16 de mayo de 2014

Adjudicación definitiva del concurso de traslados de Enseñanzas Medias 2013-14.

Adjudicación definitiva del concurso de traslados de Enseñanzas Medias 2013-14.

Resolución definitiva.
concurso de traslados

Los listados se publicarán a lo largo de la mañana en el portal de educación.

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden de 8 de mayo de 2014, de la citada Consejería, por la que se aprueba la adjudicación definitiva de destinos correspondiente al concurso de traslados de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes a los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/877/2013, de 29 de octubre.
Séptimo.– Adjudicación de destinos provisionales.
1. Aquellos concursantes que, habiendo participado con carácter obligatorio no hayan obtenido destino definitivo, se les declarará pendientes de destino provisional, realizándose la adjudicación de destinos provisionales, para el curso 2014/2015, de dichos concursantes mediante resolución del titular de la dirección provincial de educación, teniendo en cuenta las instrucciones que se dicten por la Dirección General de Recursos Humanos relativas al comienzo del citado curso.
A tal efecto, en el plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la presente orden, se harán públicas en las direcciones provinciales de educación, los listados de participantes que hayan quedado en situación de expectativa de destino, con indicación de la provincia en la que prestarán servicio con carácter provisional, y de aquellos que habiendo ejercitado la opción de cambio de provincia hubieran obtenido dicho cambio.
Las direcciones provinciales de educación podrán establecer un plazo para realizar la solicitud de centros concretos a los que deseen ser destinados con carácter provisional dentro de la provincia en que hayan quedado pendientes de destino provisional. A estos efectos, los titulares de más de una especialidad podrán solicitar estos centros para cualquiera de las especialidades de las que sean titulares.
Las solicitudes de peticiones de centros deberán formalizarse en el impreso que será facilitado en las direcciones provinciales de educación y deberán dirigirse al titular de la dirección provincial de educación de la provincia en la que hayan quedado pendientes de destino provisional, consignando los centros que soliciten, por orden de preferencia, con los números de código que figuren en los anexos de la Orden EDU/877/2013, de 29 de octubre.
En el supuesto de no presentar petición de centros o haciéndolo no consignen suficientes peticiones, se les adjudicará destino de oficio en centros ubicados en la provincia en la que hayan quedado pendientes de destino provisional.
La resolución de adjudicación de destino será objeto de publicación en los tablones de anuncios de la dirección provincial de educación y en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
2. Sin perjuicio de que todos los concursantes que no hayan obtenido destino definitivo, puedan presentar la solicitud ordinaria aludida en el punto 1, los concursantes que para el próximo curso escolar deseen permanecer en el mismo centro donde prestaron servicios durante el curso 2013/2014, deberán presentar solicitud en este sentido ante la dirección del centro, en el plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de publicación de la presente orden.
Concluido el plazo precitado, el director del centro emitirá informe sobre su conformidad o no con la permanencia en el centro de los solicitantes, que en este último caso deberá ser motivado y notificado al interesado para que en el plazo de cinco días hábiles realice las alegaciones que estime oportunas. Asimismo, el director remitirá a la dirección provincial de educación las solicitudes, informes y, en su caso, las alegaciones presentadas.
 

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