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viernes, 16 de mayo de 2014

Adjudicación definitiva del concurso de traslados del cuerpo de Maestros 2013-14.

Adjudicación definitiva del concurso de traslados del cuerpo de Maestros 2013-14.

Resolución definitiva.
concurso de traslados

Los listados se publicarán a lo largo de la mañana en el portal de educación.

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden de 8 de mayo de 2014, de la citada Consejería, por la que se aprueba la adjudicación definitiva de destinos correspondiente al concurso de traslados de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/878/2013, de 29 de octubre.
Séptimo.– Adjudicación de destinos provisionales.
1. La adjudicación de destinos provisionales para el curso 2014/2015, de aquellosconcursantes que, habiendo participado con carácter obligatorio no hayan obtenido destino definitivo, se realizará mediante resolución del titular de la dirección provincial de educación, teniendo en cuenta las instrucciones que se dicten por la Dirección General de Recursos Humanos relativas al comienzo del citado curso.
2. No obstante, en el caso de que los puestos que vinieran desempeñando en el presente curso hubieran quedado vacantes estando previsto su funcionamiento para el siguiente curso escolar, y sin perjuicio de lo que resulte de la resolución de los procesos de adscripción previstos en la Orden EDU/1076/2008, de 18 de junio, los maestros indicados en el punto 1 podrán solicitar a la dirección del centro en el que han venido prestando servicios en el presente curso permanecer en el mismo con destino provisional durante el próximo curso 2014/2015, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.
Concluido el plazo precitado, el director del centro emitirá informe sobre su conformidad o no con la permanencia en el centro de los solicitantes, que en este último caso deberá ser motivado y notificado al interesado para que en el plazo de cinco días hábiles realice las alegaciones que estime oportunas. Asimismo, el director remitirá a la dirección provincial de educación las solicitudes, informes y, en su caso, las alegaciones presentadas.
La solicitud y el correspondiente informe favorable del director del centro no generará derecho alguno a favor de los solicitantes, al quedar condicionada la permanencia en el centro a que la plaza desempeñada durante el curso 2013/2014 estuviese vacante en el siguiente curso escolar y no haya sido solicitada por maestros con mayor derecho, de acuerdo con las prioridades que se determinen en las instrucciones de inicio del curso escolar 2014/2015 de la Dirección General de Recursos Humanos.
En los casos en que deba determinarse entre varios maestros la posibilidad de confirmación en el centro se dirimirá de acuerdo con la puntuación asignada en el concurso general de traslados y, en su caso, a los criterios de desempate establecidos en el apartado vigésimo de la orden de convocatoria del mismo.
El titular de la dirección provincial de educación, antes de proceder a la adjudicación provisional de destinos a la que se refiere el punto 1, dictará resolución indicando las confirmaciones.
 

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